En fecha 13 de enero de 2016 hemos comunicado sobre la Resolución Nº 03 de fecha 4 de enero de 2016 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS – D.N.A. “POR LA QUE SE ESTABLECE Y DISPONE LA VIGENCIA DEL MANUAL DE FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y DETERMINA EL ALCANCE DE LAS FUNCIONES DE LAS DIVISIONES RESPECTIVAS”
La Comisión Directiva del C.I.P. se encuentra trabajando en el tema y hemos solicitado una Audiencia Protocolar Urgente al Ministro de Relaciones Exteriores, Abog. ELADIO LOIZAGA.
El 28 de enero de 2016, el Presidente, Ing. RICARDO CARRIZOSA, ha continuado la comunicación previa sobre el tema y reiterando nuestra ocupación –en una histórica lucha– contra este sobrecosto del Sector Importador, comunicando cuanto sigue:
a la D.N.A., para su despacho correspondiente.
En esa misma fecha, se amplió la comunicación remitiendo la CIRCULAR N° 01/2016 de la Dirección de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores – M.R.E., a través de la cual se concreta lo acordado entre nuestras instituciones.
De esta manera, los documentos de Importación que no hayan sido consularizados en origen ya no irán a la Sección Registro de la D.N.A. para su autenticación antes de ser visados por el Departamento de Legalizaciones del M.R.E.
El Ing. CARRIZOSA, en fecha 15 de febrero de 2016 expreso a través de una nueva circular cuanto sigue: “y tal como habíamos anunciado anteriormente y luego de mucho trabajo y de negociaciones, finalmente, con sumo placer hemos logrado la firma del Convenio entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección Nacional de Aduanas y el Centro de Despachantes de Aduanas, de manera a poder ofrecer los servicios a todos los Importadores de Pago de Visación Consular a través de la Ventanilla Única de Importación.
Estamos seguros que será un beneficio en la eficiencia del tiempo en los procesos, y aún la difícil tarea de las negociaciones para reducir los costos de visación.
Contamos con su apoyo para todas nuestras futuras gestiones!”
Posteriormente en fecha 1 de marzo de 2016, remitimos la Circular Nº 06 de fecha 26 de febrero de 2016 de la DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS – D.N.A.“POR LA QUE SE COMUNICA QUE LOS PROCESOS DE GESTIONES ELECTRONICAS, A TRAVES DE LA VENTANILLA UNICA DEL IMPORTADOR – VUI, DE LA CARPETA DOCUMENTAL DE VISACION O LEGALIZACION CONSULAR, POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES QUEDA DIFERIDO HASTA EL 1 DE ABRIL DE 2016”.
Tal como de costumbre, los mantendremos informados.